La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha mantiene abierta la convocatoria 2026 del Bono Crecimiento Pyme, una línea de ayudas destinada a financiar servicios de asesoramiento avanzado y especializado que permitan a las pequeñas y medianas empresas mejorar su planificación, sostenibilidad, internacionalización y transformación digital.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 9 millones de euros y permite obtener una subvención del 60 % o del 80 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 12.000 euros por actuación y de 60.000 euros por empresa y convocatoria.
Plazo de solicitud: del 11 de septiembre de 2026 al 30 de junio de 2027.
Procedimiento: concurrencia simplificada, por orden de presentación de las solicitudes completas y mientras exista crédito disponible.
Tramitación: exclusivamente electrónica, con firma digital, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
¿Cuál es la finalidad de esta ayuda?
El Bono Crecimiento Pyme pretende facilitar a las empresas capacidades estratégicas, técnicas, organizativas, digitales y normativas para incrementar su competitividad, sostenibilidad, productividad y capacidad de crecimiento, así como favorecer la evolución de sus modelos de negocio.
No se trata, con carácter general, de una ayuda para adquirir equipamiento, sino de una línea orientada a contratar servicios profesionales especializados que aporten diagnóstico, planificación, acompañamiento y soluciones aplicadas al crecimiento de la empresa.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden ser beneficiarias las pymes que desarrollen una actividad económica efectiva en Castilla-La Mancha y dispongan de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en la región. La convocatoria contempla cualquier forma jurídica empresarial y puede incluir personas trabajadoras autónomas, sociedades, comunidades de bienes y otras unidades económicas sin personalidad jurídica que ejerzan actividad económica y tengan ánimo de lucro.
También pueden acceder las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
A efectos de la normativa europea, tiene la consideración de pyme la empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no supera los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros, teniendo en cuenta, en su caso, las empresas asociadas o vinculadas.
Principales exclusiones de entidades
- Empresas públicas, entidades de derecho público y empresas participadas mayoritariamente por estas.
- Empresas que gestionen un servicio público cuando el proyecto esté vinculado a dicho servicio.
- Cooperativas de segundo o ulterior grado.
- Cooperativas agroalimentarias, sociedades agrarias de transformación y cooperativas de segundo grado agroalimentarias.
- Sociedades laborales cuya actividad principal sea agroalimentaria.
- Empresas que presten los mismos o similares servicios, o suministren los mismos o similares equipos, para los que solicitan la ayuda.
- Actividades excluidas del Reglamento europeo de ayudas de minimis.
Cuatro modalidades del Bono Crecimiento Pyme
1. Planificación Estratégica y Financiera
Dirigida a profesionalizar la gestión empresarial y preparar a la pyme para procesos de crecimiento, diversificación o adaptación al mercado. Incluye:
- Diagnóstico estratégico y elaboración de un plan de negocio a medio plazo.
- Diseño de la organización y de la gobernanza interna.
- Plan económico-financiero avanzado, control de costes, planificación de tesorería, análisis de escenarios y necesidades de financiación.
2. Sostenibilidad
Orientada a acompañar la transición verde de la empresa y el cumplimiento de las exigencias medioambientales. Puede financiar:
- Diagnósticos y propuestas para reducir el impacto ambiental de productos y procesos.
- Reducción de emisiones y cálculo o gestión de la huella de carbono.
- Estudios o planes para incorporar fuentes de energía alternativas, incluido el hidrógeno.
- Reducción, tratamiento, valorización y reutilización de residuos.
- Uso eficiente de materias primas y recursos.
- Economía circular aplicada a productos y procesos.
- Movilidad eléctrica y eficiente.
- Mejora sostenible de cadenas de suministro y logística avanzada.
- Ecodiseño industrial y estudios asociados.
- Estrategias de transformación verde.
- Informes de sostenibilidad y certificaciones ambientales.
- Planes de análisis y prevención de riesgos ambientales, especialmente frente a fenómenos climáticos extremos.
3. Internacionalización Estratégica
Destinada a preparar a la empresa para acceder a mercados exteriores y desarrollar una estrategia internacional sólida. Contempla:
- Análisis, selección y priorización de mercados objetivo.
- Definición de la estrategia y del modelo de entrada en mercados exteriores.
- Evaluación y recomendaciones sobre la presencia digital de la empresa para su internacionalización.
- Contratación de servicios profesionales para iniciar el proceso de exportación.
- Servicios para estructurar un departamento de exportación, implantar metodologías de exportación y preparar la prospección de clientes internacionales.
No son subvencionables en esta modalidad las actuaciones de promoción internacional, como ferias, exposiciones, showrooms, promociones en el punto de venta y viajes o desplazamientos.
4. Transformación Digital
Dirigida a mejorar la madurez digital, automatizar procesos, aplicar inteligencia artificial y reforzar la ciberseguridad. Incluye:
- Evaluación de la madurez digital y elaboración de un plan de prioridades con calendario e indicadores.
- Definición de indicadores —KPIs— y diseño de un cuadro de mando básico para apoyar la toma de decisiones.
- Identificación de tareas repetitivas y diseño de soluciones de automatización, incluida la activación inicial necesaria para validar la propuesta.
- Selección de casos de uso de inteligencia artificial y diseño de una prueba de concepto limitada en un entorno controlado.
- Revisión de riesgos y brechas de seguridad y elaboración de un plan de mejora en ciberseguridad.
Atención: las actuaciones de esta modalidad no son subvencionables cuando la actividad económica principal de la empresa se encuadre en la sección C, «Industria manufacturera», de la CNAE-2025. Esta exclusión afecta a la modalidad de Transformación Digital, no necesariamente al resto de modalidades.
Cuantía de la subvención
| Puntuación obtenida | Porcentaje máximo de ayuda |
|---|---|
| Menos de 20 puntos | La solicitud no alcanza la puntuación mínima |
| De 20 a 40 puntos, ambos inclusive | Hasta el 60 % |
| Más de 40 puntos | Hasta el 80 % |
- Máximo por actuación: 12.000 euros.
- Máximo por empresa y convocatoria: 60.000 euros.
- Régimen: ayuda de minimis. El conjunto de ayudas de minimis no puede superar 300.000 euros durante cualquier período de tres años por empresa única.
¿Cómo se valora el proyecto?
La memoria es decisiva. Los proyectos deben alcanzar al menos 20 puntos. La valoración ordinaria suma un máximo de 60 puntos:
- Objetivos de crecimiento de la empresa: hasta 20 puntos. Se valora su viabilidad y claridad, su carácter innovador y su alineación con las estrategias de especialización inteligente.
- Adecuación de las actuaciones a los objetivos: hasta 20 puntos. Se examinan el nivel de detalle, la adecuación del presupuesto y la justificación de la necesidad para el crecimiento empresarial.
- Cronograma: hasta 15 puntos. Debe ser coherente, estar bien justificado y conectar los plazos con los resultados previstos.
- Localización en zonas prioritarias: 5 puntos.
Además, puede aplicarse puntuación adicional del 20 %, 30 % o 40 % por criterios de despoblación, según la clasificación del municipio en la Estrategia Regional frente a la Despoblación.
Gastos subvencionables y gastos excluidos
Son subvencionables los gastos que respondan de forma indubitada a la actuación, sean estrictamente necesarios, se realicen dentro del plazo autorizado y estén totalmente pagados antes de finalizar el período de justificación. El precio no puede superar el valor de mercado.
Se admiten gastos realizados, facturados y pagados desde el 1 de enero de 2026, siempre que la actuación no se encuentre materialmente concluida en el momento de presentar la solicitud.
Entre otros, no son subvencionables:
- El IVA y otros impuestos o tasas que sean recuperables o compensables.
- Gastos financieros, asesoría jurídica, notaría, registro, garantías bancarias, intereses, recargos, sanciones y procedimientos judiciales.
- Inversiones materiales y adquisición de hardware.
- Licencias perpetuas, compra de software en propiedad y desarrollos o activos inmateriales capitalizables.
- Renovaciones, mantenimientos, cuotas posteriores al período de ejecución y otros gastos recurrentes no vinculados a un piloto, automatización, prueba de concepto o puesta en marcha.
- Gastos generales y de estructura o servicios permanentes y periódicos relacionados con la explotación ordinaria.
- Adquisiciones o servicios contratados a personas o entidades vinculadas con la empresa o sus órganos de dirección o gestión.
Plazos de ejecución, justificación y pago
- Resolución: plazo máximo de seis meses desde la entrada de la solicitud. El silencio administrativo es desestimatorio.
- Ejecución: hasta seis meses desde el día siguiente a la notificación de la concesión, conforme al plazo concreto fijado en la resolución.
- Justificación: un mes desde la finalización del plazo de ejecución.
- Pago: un único abono, sin pagos parciales ni anticipos, después de la justificación y comprobación correspondientes.
- Subcontratación: puede alcanzar hasta el 100 % de la actuación, sin contratar con entidades vinculadas y respetando la normativa aplicable.
Documentación principal
La solicitud debe presentarse electrónicamente mediante el Formulario I e incluir, según proceda:
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Escritura de constitución y estatutos, junto con la acreditación de la representación.
- Formulario II de declaración de pyme.
- Último Impuesto sobre Sociedades y cuentas anuales.
- Informe de plantilla media.
- Formulario III: memoria técnica, económica y financiera del proyecto.
- Presupuestos o facturas proforma de los gastos solicitados.
- En su caso, tres ofertas de proveedores distintos cuando el gasto supere el importe establecido para el contrato menor, solicitadas antes de asumir el compromiso, salvo las excepciones legalmente previstas.
Las notificaciones y la aportación posterior de documentación se realizan también por medios electrónicos. Es recomendable que la empresa disponga de certificado digital válido y esté dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta.
Recomendaciones antes de presentar la solicitud
- Comprobar que la empresa y su actividad cumplen los requisitos y no están afectadas por una exclusión.
- Definir con precisión la necesidad empresarial y seleccionar la modalidad y actuación adecuadas.
- Relacionar el proyecto con objetivos medibles de empleo, facturación, productividad o apertura de mercados.
- Preparar una memoria clara, un presupuesto coherente y un cronograma realista.
- No dar por concluida la actuación antes de registrar la solicitud.
- Presentar el expediente cuanto antes: las solicitudes se tramitan por orden de entrada y mientras exista crédito.
INFORMACIÓN PARA EMPRESAS – AYUDAS Y SUBVENCIONES
Servicios de Creación y Consolidación de Empresas
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José Carlos Muñoz Parreño – 📧 Email: jcmunoz@ayto-almansa.es
Enlaces oficiales
- Ficha del Bono Crecimiento Pyme en el Plan Adelante Empresas.
- Sede Electrónica de Castilla-La Mancha: trámite 1023976.
- Orden 116/2026, de 28 de julio: bases reguladoras.
- Resolución de 1 de septiembre de 2026: convocatoria.
- Base de Datos Nacional de Subvenciones: BDNS 927685.
Nota informativa: este contenido tiene carácter divulgativo. Antes de presentar una solicitud debe consultarse el texto íntegro de las bases reguladoras, la convocatoria y la información vigente en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.


