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Innova-Adelante 2026: ayudas de hasta el 50 % para impulsar la innovación empresarial en Castilla-La Mancha

General

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha publicado la convocatoria 2026 del Programa de Apoyo a la Innovación Innova-Adelante, destinada a financiar proyectos empresariales que desarrollen nuevos productos o introduzcan mejoras relevantes en productos y procesos existentes.

La convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 5 millones de euros y se integra en el eje 3, «Innova y digitaliza», del Plan Adelante 2024-2027. Las ayudas podrán ser cofinanciadas por el Programa FEDER de Castilla-La Mancha 2021-2027.

El plazo para presentar nuevas solicitudes, o ratificar las presentadas anticipadamente desde el 1 de octubre de 2025, permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2026. La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, por lo que cumplir los requisitos no garantiza automáticamente la concesión de la ayuda. Consultar la convocatoria de Innova-Adelante 2026.

¿Cuál es el objetivo de Innova-Adelante?

El programa pretende reforzar el tejido empresarial innovador de Castilla-La Mancha, ayudando a las empresas a:

  • Desarrollar productos nuevos o significativamente mejorados.
  • Incorporar tecnologías avanzadas.
  • Mejorar sus procesos productivos, logísticos, organizativos o de gestión.
  • Aumentar su competitividad.
  • Acceder a nuevos mercados y clientes.
  • Incrementar el valor añadido de sus productos y servicios.

No se trata, por tanto, de una ayuda general para adquirir maquinaria, renovar equipos, crear una página web o digitalizar tareas habituales. El proyecto debe contener una innovación real, relevante, justificable y verificable para la empresa solicitante.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán ser beneficiarias las pymes, incluidas las personas trabajadoras autónomas que tengan la consideración de empresa, siempre que desarrollen una actividad económica subvencionable y cumplan los requisitos establecidos.

Las grandes empresas solamente podrán participar cuando desarrollen un proyecto de innovación en colaboración efectiva con una o varias pymes, dentro de la actuación destinada al desarrollo de nuevos productos.

No podrán ser beneficiarias:

  • Las comunidades de bienes.
  • Las sociedades civiles.
  • Las asociaciones y fundaciones.
  • Las administraciones públicas.
  • Las entidades sin ánimo de lucro.
  • Las empresas pertenecientes a sectores o actividades expresamente excluidos.
  • Las empresas en crisis.
  • Las entidades que no cumplan las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o por reintegro de subvenciones.

Además, la empresa debe contar, como mínimo, con dos personas trabajadoras por cuenta ajena a jornada completa, o su equivalente, dadas de alta durante el mes anterior a la presentación de la solicitud. Este nivel mínimo de empleo deberá mantenerse durante la ejecución del proyecto. La convocatoria completa recoge los requisitos aplicables a las empresas.

¿Qué tipos de proyectos se pueden presentar?

La convocatoria diferencia dos grandes modalidades.

Actuación 1. Nuevos productos o mejoras significativas

Comprende proyectos dirigidos al desarrollo, implementación o puesta en marcha de:

  • Productos nuevos.
  • Servicios nuevos.
  • Soluciones digitales nuevas.
  • Mejoras sustanciales de productos o servicios que la empresa ya comercializa.

La innovación debe afectar a características relevantes, como las especificaciones técnicas, componentes, materiales, funcionalidades, prestaciones o tecnología utilizada. No serán suficientes los cambios estéticos, accesorios o de escasa importancia.

El proyecto deberá obtener un resultado verificable, como:

  • Un prototipo validado.
  • Un producto mínimo viable.
  • Un demostrador.
  • Un proyecto piloto.
  • Una solución técnica susceptible de introducción en el mercado.
  • Una certificación o validación del nuevo producto.

Estos proyectos podrán desarrollarse individualmente o mediante colaboración efectiva entre empresas.

Actuación 2. Nuevos procesos o mejoras significativas

Se incluyen los proyectos destinados a desarrollar e implantar procesos nuevos o sustancialmente mejorados en alguna de estas áreas:

  • Fabricación o producción.
  • Logística.
  • Organización.
  • Gestión empresarial.

La actuación puede incorporar tecnologías emergentes, nuevos métodos o técnicas, automatización, sensorización, soluciones digitales avanzadas u otras herramientas innovadoras.

El resultado debe ser la implantación efectiva del nuevo proceso en la empresa. Esta segunda modalidad solamente puede desarrollarse de manera individual.

Requisitos que deben cumplir los proyectos

Para resultar subvencionable, el proyecto deberá cumplir, entre otras, las siguientes condiciones:

  • Estar encuadrado en alguna de las dos modalidades anteriores.
  • Tener un carácter innovador real y suficientemente justificado.
  • Contar con objetivos, actividades, fases, recursos, presupuesto y resultados claramente definidos.
  • Desarrollarse y producir impacto en un establecimiento o centro de trabajo situado en Castilla-La Mancha.
  • Ser coherente con la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha 2021-2027.
  • Encajar en alguno de sus ámbitos prioritarios: industria en transición y servicios auxiliares; turismo, cultura y patrimonio natural; aeronáutica; salud y calidad de vida; logística y movilidad inteligente.
  • No constituir una actividad habitual, periódica o vinculada al funcionamiento ordinario de la empresa.
  • Obtener un resultado completo, aplicable o verificable.
  • Tener una duración máxima de 12 meses.
  • Contar con un presupuesto en el que los gastos que finalmente sean considerados subvencionables representen más del 50 % del coste presentado.

Un requisito esencial es que la solicitud debe registrarse antes de iniciar el proyecto. No deben existir pedidos en firme, contratos, facturas, pagos o compromisos irreversibles relacionados con la actuación antes de presentar la solicitud.

Una vez registrada, la empresa podrá comenzar el proyecto dentro del periodo subvencionable, pero deberá tener presente que iniciar la inversión antes de recibir la resolución supone asumir el riesgo de que la ayuda finalmente no sea concedida.

¿Qué gastos pueden subvencionarse?

Podrán incluirse aquellos gastos que resulten estrictamente necesarios para ejecutar el proyecto, estén directamente relacionados con él, respondan a precios de mercado y puedan justificarse documentalmente.

Personal propio

Se pueden incluir los costes laborales del personal de la empresa directamente dedicado al proyecto:

  • Salarios.
  • Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
  • Costes correspondientes al tiempo de trabajo efectivamente dedicado.

Para el personal que ya estaba contratado antes de presentar la solicitud se admite un máximo de tres personas por proyecto, pertenecientes a los grupos de cotización 1 o 2 y con formación y experiencia adecuadas.

Los límites máximos establecidos para 2026 son:

  • Grupo de cotización 1: 29,13 euros por hora.
  • Grupo de cotización 2: 23,23 euros por hora.

También pueden incluirse socios trabajadores que presten sus servicios regularmente y reciban su retribución mediante nómina.

Nuevas contrataciones

Son subvencionables los costes del personal contratado después de presentar la solicitud para trabajar directamente en el proyecto, siempre que cuente con la titulación y cualificación necesarias.

Material técnico y componentes

Se pueden financiar:

  • Materias primas destinadas a pruebas.
  • Componentes para prototipos.
  • Material técnico.
  • Elementos utilizados en ensayos y validaciones.
  • Series de prueba no destinadas a su comercialización ordinaria.

Equipamiento tecnológico

Se admite la adquisición de equipos nuevos y destinados exclusivamente al proyecto, como:

  • Equipos necesarios para fabricar prototipos.
  • Sensores y dispositivos.
  • Sistemas tecnológicos.
  • Equipos relacionados con tecnologías emergentes.
  • Herramientas necesarias para implantar nuevos procesos.

Los equipos deberán instalarse en un establecimiento o centro de trabajo de la empresa situado en Castilla-La Mancha.

Servicios externos especializados

Pueden subvencionarse los servicios de:

  • Consultoría especializada en innovación.
  • Ingeniería.
  • Laboratorios.
  • Ensayos.
  • Validaciones.
  • Certificaciones.
  • Apoyo tecnológico.
  • Otros servicios equivalentes vinculados exclusivamente al proyecto.

Investigación, conocimientos y patentes

Se incluyen los costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridos mediante licencia a entidades externas, siempre que se contraten en condiciones de mercado.

Software y aplicaciones

Podrán financiarse licencias de software y aplicaciones informáticas, estándar o desarrolladas a medida, cuando:

  • Sean necesarias para el proyecto.
  • Se implanten por primera vez.
  • Se utilicen exclusivamente en el establecimiento beneficiario.
  • Estén directamente relacionadas con el nuevo producto o proceso.

Gastos y actuaciones que no son subvencionables

Entre los principales conceptos excluidos se encuentran:

  • Terrenos, obra civil e instalaciones.
  • Equipos de segunda mano.
  • Sustitución de maquinaria sin una innovación tecnológica significativa.
  • Equipos, mobiliario, material y software de oficina para la actividad habitual.
  • Mantenimiento y actualización de aplicaciones o programas informáticos.
  • Renovación de licencias y cuotas periódicas.
  • Viajes, dietas e indemnizaciones.
  • Publicidad, marketing y promoción comercial.
  • Asesoría fiscal, jurídica o financiera habitual.
  • Impuestos y tasas.
  • Intereses, sanciones y gastos financieros.
  • Costes indirectos.
  • Compras y servicios realizados a empresas vinculadas.
  • Material destinado a la producción comercial ordinaria.
  • Desarrollo de páginas web o tiendas en línea.
  • Estudios de mercado, planes de marketing y campañas publicitarias.
  • Cambios estéticos, estacionales o de escasa importancia.
  • Adaptaciones rutinarias solicitadas por un único cliente.
  • Mantenimiento o actualizaciones ordinarias de software.
  • Productos personalizados que no puedan extenderse a otros clientes o usuarios.

En definitiva, la simple compra de equipos, programas informáticos o servicios de consultoría no convierte una actuación en innovadora. Estos gastos deben formar parte de un proyecto coherente que produzca un producto o proceso nuevo o significativamente mejorado.

Presupuesto de los proyectos y cuantía de la ayuda

El presupuesto considerado subvencionable deberá situarse entre:

  • Mínimo: 5.000 euros.
  • Máximo: 300.000 euros.

La ayuda se calcula aplicando al gasto finalmente aceptado los siguientes porcentajes:

Tipo de empresa Porcentaje máximo
Microempresa y pequeña empresa 50 %
Mediana empresa 40 %
Gran empresa 30 %

Por ejemplo, una pequeña empresa que presente un proyecto individual con 100.000 euros de gasto aceptado podría obtener una ayuda de hasta 50.000 euros.

En un proyecto individual que alcance el límite máximo de 300.000 euros, la ayuda máxima teórica sería de:

  • Hasta 150.000 euros para microempresas y pequeñas empresas.
  • Hasta 120.000 euros para medianas empresas.

Las grandes empresas solamente pueden participar en proyectos colaborativos de la actuación 1 y el porcentaje del 30 % se aplicará sobre la parte del gasto subvencionable que corresponda a cada una.

Las ayudas están sometidas al régimen de minimis. La suma de las ayudas de minimis recibidas por una única empresa no puede superar los 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años.

Proyectos en colaboración

Los proyectos de nuevos productos podrán realizarse mediante colaboración efectiva entre empresas.

En estos casos:

  • Deben participar, como mínimo, dos empresas independientes.
  • Al menos una de ellas debe ser pyme.
  • Ninguna empresa podrá ejecutar menos del 15 % ni más del 70 % del proyecto.
  • Todas las participantes tendrán la consideración de beneficiarias.
  • Será necesario formalizar un contrato, convenio o acuerdo.
  • Deberán detallarse las tareas, obligaciones, costes y ayuda correspondiente a cada participante.
  • Se designará una empresa representante o apoderada de la agrupación.

La contratación de un servicio a otra empresa no se considera, por sí misma, colaboración efectiva.

Plazo de ejecución y pago

Los proyectos tendrán una duración máxima de 12 meses y deberán finalizar, en todo caso, dentro del periodo subvencionable, que se extiende hasta el 31 de octubre de 2027.

La resolución de concesión establecerá las fechas concretas de inicio y finalización de cada proyecto.

Una vez terminado, la empresa dispondrá, con carácter general, de un mes para presentar la justificación. El pago se realizará de una sola vez, después de que la Administración compruebe:

  • La ejecución efectiva de las actuaciones.
  • El cumplimiento de los objetivos.
  • Las facturas y justificantes de pago.
  • Los costes del personal.
  • El resto de las condiciones establecidas en la resolución.

Por tanto, la empresa debe disponer de capacidad financiera para anticipar el coste del proyecto. Además, a la finalización del plazo de ejecución deberá contar con unos fondos propios equivalentes, como mínimo, al 25 % del proyecto subvencionable.

¿Cómo se presentan las solicitudes?

El plazo está abierto desde el 15 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026.

Las solicitudes se presentan exclusivamente:

  • Por vía telemática.
  • Con firma electrónica.
  • A través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  • Utilizando los modelos normalizados del procedimiento.

Cada empresa podrá presentar un máximo de dos solicitudes, ya sea individualmente o como integrante de una agrupación.

La documentación principal incluye:

  • Solicitud de ayuda.
  • NIF y documentación de representación.
  • Escritura de constitución, cuando corresponda.
  • Cuentas anuales e Impuesto sobre Sociedades.
  • Información de plantilla y vida laboral.
  • Declaración sobre la categoría de empresa.
  • Memoria técnica, económica y financiera.
  • Presupuestos y ofertas de proveedores.
  • Documentación específica de los proyectos colaborativos.
  • Acreditaciones relacionadas con los criterios de valoración.

La empresa deberá estar dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta.

Ratificación de solicitudes anticipadas

Las empresas que presentaron una solicitud de Innova-Adelante desde el 1 de octubre de 2025 hasta la apertura de esta convocatoria no deben presentar necesariamente un nuevo proyecto, pero sí deberán ratificar expresamente su solicitud antes del 30 de septiembre de 2026.

La ratificación se tramitará electrónicamente dentro del expediente ya abierto mediante el anexo VI. Si no se presenta dentro del plazo, la solicitud anticipada no podrá tramitarse en esta convocatoria.

¿Cómo se seleccionarán los proyectos?

Las ayudas se concederán por concurrencia competitiva. Los proyectos se ordenarán atendiendo a los siguientes criterios:

  • Calidad y definición del proyecto: hasta 35 puntos.
  • Viabilidad y justificación del presupuesto: hasta 20 puntos.
  • Capacidad para desarrollar nuevos productos o procesos y acceder a mercados: hasta 10 puntos.
  • Componente innovador de la empresa y del proyecto: hasta 20 puntos.
  • Impacto medioambiental: hasta 5 puntos.
  • Capacidad y cualificación del equipo: hasta 5 puntos.
  • Participación mayoritaria de mujeres, jóvenes menores de 30 años o personas con discapacidad: hasta 5 puntos.

También se contempla puntuación adicional para proyectos desarrollados en zonas prioritarias, municipios afectados por la despoblación y determinados entornos rurales.

Resultará especialmente importante presentar una memoria que defina con precisión:

  • El problema o necesidad que se pretende resolver.
  • La innovación introducida respecto a la situación actual de la empresa.
  • Las funcionalidades o mejoras previstas.
  • Las fases, tareas e hitos del proyecto.
  • Los recursos humanos y tecnológicos.
  • El presupuesto y la necesidad de cada gasto.
  • Los resultados verificables.
  • El impacto económico esperado.
  • Los indicadores que permitirán medir los resultados.

Una oportunidad para innovar, no solamente para invertir

Innova-Adelante 2026 representa una oportunidad relevante para las empresas de Castilla-La Mancha que ya tengan identificado un proyecto concreto de innovación y puedan demostrar técnicamente su novedad, viabilidad e impacto.

No obstante, conviene evitar enfocar la solicitud como una simple relación de compras. La clave estará en construir un proyecto completo, con una necesidad empresarial bien identificada, una solución innovadora, resultados medibles, un presupuesto coherente y una planificación realista.

Antes de realizar un pedido, firmar un contrato o efectuar cualquier pago, resulta recomendable comprobar la elegibilidad de la actuación y presentar correctamente la solicitud.

Información y tramitación

Este artículo ofrece un resumen divulgativo de la convocatoria. Para preparar y presentar cada solicitud deberán consultarse la resolución de 8 de julio de 2026, la Orden 58/2024 y los modelos oficiales disponibles en la sede electrónica.

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